Residencia para Dependientes en Panamá (Guía 2026).
Proteja lo más importante. Aseguramos la unidad de su familia con una gestión legal ágil, humana y profesional.
¿Califican sus familiares para la residencia?
Las leyes migratorias cambian según la edad de los hijos o el grado de consanguinidad. Un error en la solvencia del residente responsable puede detener todo el proceso familiar.
Realizamos una AUDITORÍA FAMILIAR PRELIMINAR SIN COSTO. Analizamos el perfil de cada dependiente para garantizar que todos obtengan su estatus legal sin contratiempos.
QUIÉNES PUEDES APLICAR?
Cónyuges: Matrimonios legalmente constituidos.
Hijos menores de 18 años: Protección inmediata.
Hijos de 18 a 25 años: Siempre que sean estudiantes solteros y dependan económicamente.
Padres dependientes: Ascendientes del residente permanente.
Familiares con discapacidad: Independientemente de su edad.
REQUISITOS CLAVE
✓Prueba de Parentesco: Certificados de matrimonio o nacimiento debidamente apostillados.
✓Carta de Responsabilidad: Nosotros redactamos este documento donde el residente se hace cargo de los gastos de sus dependientes.
✓Solvencia Económica: Demostración de ingresos del residente responsable (mínimo B/.1,000 + B/.250 por dependiente).
✓Antecedentes Penales: Para todos los dependientes mayores de edad.
✓Certificado de Salud: Emitido por un médico idóneo en Panamá para cada familiar.
Mantenemos a su familia unida y legal
En Herrera & Asociados, entendemos que detrás de cada expediente hay una familia buscando estabilidad. Nuestro equipo se encarga de los detalles legales para que ustedes se concentren en su nueva vida en Panamá.
Podrán solicitar este permiso los extranjeros cónyuges, hijos menores de dieciocho (18) años, familiares con discapacidad y padres dependientes de un residente provisional de dos (2) años, residente permanente o nacional. Los hijos mayores de dieciocho (18) años hasta veinticinco (25) años, podrán ser solicitados como dependientes, siempre que estudien de forma regular y se encuentren bajo la dependencia económica del residente o nacional. El residente o nacional que demuestre tener la tutela o guarda y crianza de una persona menor de edad podrá solicitarlo como dependiente.
Para la formalización de este trámite de residencia por dependencia, es indispensable presentar un Poder notariado y una Solicitud a través de un abogado de migración en Panamá, acompañados de tres fotografías recientes y una copia del pasaporte debidamente cotejada ante notario o autoridad competente. El expediente debe integrarse con los certificados de Antecedentes Penales y de Salud, el formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales, y la respectiva Carta de Responsabilidad y Repatriación suscrita por el residente o nacional ante notario público; asimismo, se requiere aportar la constancia de parentesco mediante certificados de matrimonio, nacimiento o constancia judicial de tutela, junto con la copia notariada del carné de migración o la cédula autenticada por la Dirección Nacional de Cedulación. En cuanto a las obligaciones financieras, se deben adjuntar dos cheques certificados: uno por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional y otro por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
En casos donde el solicitante sea mayor de edad pero menor de veinticinco años, se deberá acreditar su condición de estudiante a tiempo completo mediante una certificación educativa y presentar una declaración jurada de soltería. Finalmente, es imperativo demostrar la solvencia económica del residente responsable, la cual puede validarse a través de una declaración de renta que cumpla con el ingreso mínimo de mil balboas mensuales (más cien adicionales por dependiente) y su paz y salvo, o bien, mediante una carta de trabajo actualizada con su ficha de la Caja de Seguro Social y permiso de trabajo, o una carta de referencia bancaria que refleje cifras medianas no inferiores a cuatro dígitos.
Beneficios clave:
Protección a la unidad familiar.
Opción a residencia permanente.
Acceso al Sistema Educativo y Desarrollo Juvenil.
Elegibilidad para Permiso de Trabajo en Panamá.
Facilidad para la Transición a la Cédula(E).
Vía Directa hacia la Naturalización.
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