Residencia Permanente para Padres de Hijos Panameños (Guía 2026).

Garantice su permanencia junto a sus hijos. Legalizamos su estatus con la sensibilidad y el respaldo que su familia merece.

¿Cumple con los requisitos de "Buen Padre de Familia"?

El Servicio Nacional de Migración no solo pide papeles; exige demostrar el cumplimiento de deberes alimenticios y afectivos. Un error en la declaración jurada puede complicar su permanencia.

Realizamos una REVISIÓN TÉCNICA DE VÍNCULO SIN COSTO. Validamos sus documentos y pruebas de convivencia para asegurar una aprobación sin contratiempos.

REQUISITOS ESENCIALES

Certificado de Nacimiento: Original del hijo panameño con sus timbres fiscales correspondientes.

Declaración de Deberes: Documento ante notario sobre el cumplimiento de obligaciones (nosotros le ayudamos a redactarlo correctamente).

Prueba de Domicilio: Contrato de arrendamiento o recibo de servicios públicos a su nombre.

Antecedentes Penales: Apostillados y vigentes de su país de origen.

Pasaporte y Cédula: Copias debidamente cotejadas ante notario.

Su estabilidad es la base del futuro de sus hijos

En Herrera & Asociados, nos especializamos en procesos de reunificación y estabilidad familiar. No deje al azar su derecho a permanecer en el país junto a quienes más ama. Nuestro equipo le acompaña en cada paso.

Esta residencia se otorga de acuerdo con el Decreto Ley 3 de 2008, con el fin de mantener unidas a familias donde hay hijos panameños. Podrá aplicar a este permiso el extranjero que tenga uno o más hijos panameños con mínimo de cinco (5) años de edad.

Para completar este proceso, debe presentar Poder notariado y una Solicitud a través de un abogado de migración en Panamá, acompañados de tres fotografías recientes y una copia del pasaporte debidamente cotejada ante notario o autoridad competente. El expediente requiere además los certificados de Antecedentes Penales y de Salud, los formularios de Declaración Jurada de Antecedentes Personales, y la Carta de Responsabilidad y Repatriación debidamente notariada, junto con el comprobante de domicilio que puede ser un contrato de arrendamiento, título de propiedad o recibo de servicios públicos. En cuanto a las obligaciones financieras, es indispensable adjuntar dos cheques certificados: uno por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional y otro por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración. Finalmente, para acreditar el vínculo y cumplimiento de deberes, se debe incluir el certificado de nacimiento de los hijos panameños con sus timbres fiscales, la declaración jurada ante notario del otro progenitor sobre el cumplimiento de sus obligaciones como buen padre de familia, y la copia del carné de migración o cédula de residente permanente debidamente autenticada por la Dirección Nacional de Cedulación del Registro Civil.

Beneficios clave:

  • Protección a la unidad familiar.

  • Opción a residencia permanente.

  • Elegibilidad para Permiso de Trabajo en Panamá.

  • Facilidad para la Transición a la Cédula(E).

  • Vía Directa hacia la Naturalización.

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